Seguridad Pública del Estado de NY

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Published on June 09, 2010, 8:16 pm
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Los que trabajamos en el ámbito de la seguridad pública vemos con demasiada frecuencia las trágicas consecuencias de que una persona tome la decisión de conducir bajo la influencia del alcohol o las drogas.

En el curso de nuestra tarea conocemos a familias que han sufrido pérdidas indescriptibles –y evitables–, y buscamos maneras de hacer una diferencia, de prevenir la siguiente tragedia antes de que ocurra.

Como resultado de la trágica muerte de Leandra Rosado, de 11 años, ocurrida el año pasado, y la heroica lucha de su padre, Lenny Rosado, hoy en día el Estado de Nueva York cuenta con la legislación más rigurosa del país para evitar que las personas conduzcan bajo los efectos del alcohol. Este verano, las consecuencias de este delito, entra la cuales está la deportación del responsable, serán aun mayores, incluso para aquellos que cometan la infracción por primera vez. 

Este verano entrará en vigencia la segunda medida reglamentada por la «Ley Leandra», que implica que todos aquellos que hayan sido condenados por conducir alcoholizados –ya sea por delito grave o menor, se trate de un reincidente o un primerizo– instalen en su vehículo y a su propio costo un dispositivo de bloqueo del arranque que evitará que conduzcan si han bebido alcohol. Esto implicará una carga y un gasto para el infractor. Y ya era hora de que se tomara una medida como ésta.

Las estadísticas más recientes de Departamento de Vehículos Motorizados del Estado (Department of Motor Vehicules)  demuestran que en 2008 la policía registró 9,202 accidentes automovilísticos relacionados con el alcohol –355 de ellos provocaron muertes y alrededor de 7,000 ocasionaron lesiones–. Ciento veintisiete de las personas heridas o fallecidas en dichos accidentes tenían menos de 10 años, 100 de ellas tenían menos de 14, y 488 tenían 17 años o menos. Lo más inquietante es que la gran mayoría de estos accidentes eran absolutamente evitables.

La muerte de Leandra Rosado –ocurrida en octubre de 2009 en Manhattan mientras viajaba en un vehículo conducido por una persona que supuestamente se encontraba ebria– puso en relieve una serie de fallas en la legislación relativa a la conducción de vehículos por motoristas en estado de ebriedad en el estado de Nueva York. En respuesta a este hecho, el gobernador David A. Paterson y la Legislatura del Estado de Nueva York promulgaron una ley más apropiada y rigurosa. Ahora, si un adulto toma la decisión imprudente de conducir en estado de ebriedad con un menor dentro del vehículo, es considerado responsable de un delito grave y debe cumplir una condena en una prisión del Estado. Si uno de los padres o el tutor de un menor comete esta imprudencia, será denunciado al Registro Estatal Central de Abuso y Maltrato de Menores.

Actualmente, las agencias de seguridad están denunciando alrededor de 40 arrestos mensuales a raíz de la Ley Leandra, pero en lugar de que aumenten los arrestos sería preferible que la ley logre disuadir a los individuos de conducir bajo la influencia del alcohol. Por esta razón se implementará la medida del dispositivo de bloqueo, que entrará en vigencia el 15 de agosto. Los dispositivos de bloqueo son una carga, provocan vergüenza e implican un gasto, pero creemos que lograrán disuadir no sólo al individuo que es obligado a instalarlo, sino también a otras personas que ahora lo pensarán dos veces antes de conducir bajo los efectos del alcohol.

Hay que reconocer que estas sanciones son realmente duras, pero son necesarias para impedir que las personas conduzcan en estado de ebriedad, para castigar a aquellos que han desobedecido la ley, y para enviar un mensaje claro y enérgico a todos los individuos que conducen vehículos motorizados en el estado de Nueva York: no toleraremos que conduzcan bajo los efectos del alcohol o las drogas.

 

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